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- Sanción millonaria amenaza a responsables de limpiar terrenos sin permiso.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) frenó la remoción de vegetación forestal en 54.6 hectáreas del predio La Aguililla, ubicado en el Ejido El Zacatón. Por estas maniobras irregulares, los responsables podrían recibir sanciones de hasta 3.5 millones de pesos, además de la restitución del ecosistema afectando.
La acción del organismo federal respondió a una denuncia ciudadana que alertó sobre el retiro de flora en el municipio de Villa de Ramos. Como medida de seguridad inmediata, los inspectores colocaron sellos de clausura temporal total para impedir el avance de las máquinas.
Según el reporte oficial, durante la visita efectuada el pasado 5 de octubre se constató la destrucción de especies nativas como mezquite, gobernadora, coyonoxtle, nopal y palma. En el sitio también se identificaron montículos acumulados e indicios de quema intencionada de vegetación.
El responsable inspeccionado declaró que el desmonte buscaba alistar el terreno para edificar el fraccionamiento “El Mezquital”. Dichos trabajos afectaron la cubierta vegetal para cambiar el destino del suelo sin contar con los dictámenes ambientales de impacto requeridos por la ley.
Para intentar justificar las labores, se presentó una autorización expedida por el Ayuntamiento de Villa de Ramos. No obstante, la Profepa precisó que un aval municipal no sustituye el permiso de Cambio de Uso de Suelo que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable sanciona esta infracción con multas de hasta 30 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 3 millones 519 mil 300 pesos.
La dependencia notificó que el procedimiento administrativo determinará las multas definitivas y establecerá las medidas de restauración ecológica obligatorias para resarcir el daño causado.
3,519,300 pesos: Monto máximo de la sanción económica contemplada por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
30,000 UMA: Límite máximo del castigo administrativo en Unidades de Medida y Actualización.
76 canchas: Equivalencia aproximada del área deforestada frente a un campo de fútbol profesional.

















