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- También fija velocidades barriales, condiciona avisos para marchas y encarece infracciones con grúa.
La reforma al Reglamento de Tránsito de San Luis Potosí incorpora cámaras y radares para sancionar, además de nuevas reglas para motociclistas. El Cabildo la aprobó el 25 de septiembre y fue publicada en el Periódico Oficial el 21 de octubre.
El cambio al artículo 40 reconoce como instrumentos de control vial los radares, las cámaras de multa electrónica y otros dispositivos electrónicos con facultades de verificación y sanción. La medida amplía la capacidad municipal para imponer infracciones mediante tecnología, mientras persisten cuestionamientos sobre su posible uso recaudatorio.
Para quienes viajan en motocicleta, el nuevo título establece el uso de casco certificado, guantes, lentes y chaleco reflejante. También prohíbe circular entre carriles cuando el tránsito fluye, limita a un pasajero y exige permiso pagado para realizar caravanas.
La reforma crea zonas de tránsito calmado con velocidad máxima de 30 kilómetros por hora y prioridad para peatones y ciclistas. Asimismo, establece que las manifestaciones deberán notificarse con al menos 24 horas de anticipación para organizar el despliegue operativo.
El artículo 141 permite retirar vehículos con grúa por estacionarse en lugares prohibidos. Si el conductor llega después de que la unidad fue despachada, deberá cubrir arrastre, pensión y banderazo.
Aunque el gobierno municipal ha rechazado que busque aumentar la recaudación, la ampliación de sanciones y cobros se suma a las críticas sobre la falta de resultados y obras en la capital.


















