Staff / El Mañana
- Una propuesta de reforma al Código Penal en el estado busca tipificar como privación ilegal de la libertad el ingreso a anexos sin consentimiento.
Se les podría acabar el negocio a quienes se llevan “a la brava” a los llamados “tazos dorados”.
Una nueva propuesta de reforma al Código Penal en el estado busca que meter a una persona a un centro de rehabilitación sin su permiso explícito sea considerado un delito de privación ilegal de la libertad.
Con esta iniciativa de ley, se propone modificar el artículo 156 para castigar de manera pareja a dueños, directivos y trabajadores de los anexos que retengan a las personas a la fuerza.
Bajo este nuevo esquema legal, ya no servirá de excusa el argumento de que el internamiento es “por su propio bien” o con el único fin de que logren la desintoxicación si no existe la voluntad del interesado.
Anexos: derechos humanos frente a las adicciones
De acuerdo con la propuesta, ya no tendrá validez legal el permiso otorgado exclusivamente por la familia si el paciente no está de acuerdo con el tratamiento.
Si se comprueba el uso de amenazas, engaños o que se aprovecharon de la vulnerabilidad de la persona para internarla en los anexos, los responsables enfrentarían penas severas ante la ley.
El punto central de la reforma es que las personas con adicciones no pierden sus derechos fundamentales y deben ser ellas quienes decidan sobre su propio proceso de recuperación.
Con esto, las autoridades estatales buscan erradicar los abusos físicos y psicológicos que se han reportado en los anexos, garantizando que todo tratamiento se realice bajo el marco de la legalidad y el respeto a las garantías individuales.

















