Tipifican el acecho como delito

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Staff/ El Mañana

El Congreso del Estado aprobó un decreto mediante el cual se adicionan diversas disposiciones al Código Penal de San Luis Potosí y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de tipificar como delito el acecho, también conocido como stalking.

La iniciativa, presentada por la diputada Roxanna Hernández Ramírez, reconoce el acecho como un patrón de conducta persistente y no deseada que genera temor, angustia o limita la libertad de actuación de la víctima. En el contexto de la violencia de género, se advirtió que este tipo de comportamiento constituye un factor de riesgo que puede escalar a agresiones físicas graves e incluso a feminicidio.

De acuerdo con la reforma, comete el delito de acecho quien, por cualquier medio —incluido el uso de tecnologías de la información, comunicación y dispositivos electrónicos—, de manera reiterada vigile, siga, persiga, busque cercanía física o establezca contacto no deseado con una persona, provocándole temor, intimidación, angustia o afectación a su libertad, seguridad, integridad o vida cotidiana.

La conducta será sancionada con una pena de seis meses a dos años de prisión, así como multa de cien a quinientos días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin perjuicio de otras responsabilidades penales que pudieran derivarse.

El delito se perseguirá por querella, salvo en los casos en que la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista relación de subordinación o dependencia; o cuando el agresor sea persona servidora pública, supuestos en los que la persecución será de oficio.

Asimismo, las penas podrán incrementarse hasta el doble cuando se cause daño físico o psicológico, se utilicen armas u objetos peligrosos, se ingrese sin autorización a espacios privados de la víctima, o cuando los actos se cometan por razones de género, identidad de género u orientación sexual, entre otros supuestos.

De manera paralela, la reforma incorpora el acecho dentro de las definiciones de violencia psicológica en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de fortalecer los mecanismos de prevención, atención y sanción de este tipo de conductas.

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